Piden a la reunión legislativa que evite conflictos de intereses en la selección del magistrado para la habitación III – Actualidad cr

San José, 22 de julio (ELPAÍS.
El veredicto público, firmado por la Asociación Estadounidense de Juristas-Rama Costa Rica, la Asociación Costa Ricana del Judicial (ACOJR), el Centro de Justicia y Derecho Internacional (CEJIL) y Costa Rica Integra (CRI), coloca el centro de discusión las delicadas investigaciones penales contra los diferentes depósitos.
Coincidencia preocupante
Actualmente, la Asamblea Legislativa está completamente ejecutada del procedimiento constitucional para nombrar a la persona de un nuevo magistrado que integra la Sala III, que es competente, para juzgar a los altos funcionarios, incluidos los diputados de la República, según lo determinado en la Sección 56 de la ley orgánica del Juez y la Sección 397 de la Ley de Procedimiento Penal.
El proceso de selección, que incluye una evaluación realizada por la Comisión Especial de Nombramientos Permanentes (CPEN) y el voto posterior en la compensación legislativa, tiene lugar en un momento en que varios legisladores experimentan investigaciones penales en varios delitos. En algunos casos, incluso las acusaciones formales ya se han planteado y las solicitudes para levantar la jurisdicción de la inadmisibilidad penal se procesaron antes de la reunión legislativa.
Las organizaciones firmadas advierten que, dado que la tercera sala será el caso que eventualmente conocerá y juzgará estos casos, es crucial garantizar que el nombramiento del nuevo magistrado no esté influenciado por los intereses personales de los que actualmente están sujetos a una investigación penal.
Llamado al frenado
Dada esta situación, los grupos hacen una llamada «feroz» a las investigaciones penales, especialmente aquellos en contra de los cuales el levantamiento inmune ya ha sido solicitado, de modo que se les impide intervenir en el proceso de elegir la lista de solicitantes y abstenerse de votar el nombramiento final.
«La participación activa de estos consejos en el proceso puede socavar la legitimidad del sistema legal y la imparcialidad del cuerpo decisivo», advierten las organizaciones en su declaración.
Además, solicitan la Guía Legislativa, o el fracaso, a la plenario, que realice consultas técnicas sobre los posibles conflictos de intereses antes de continuar con la selección. Esta acción, según ellos, es necesaria para preservar la confianza de la hamburguesa en la independencia del poder judicial y evitar el daño institucional irreparable.
Fundación legal
El fallo cita la sección 48 de la corrupción y enriquecimiento ilegal en la función pública, que como delito o administra la legislación o para su propio beneficio como delito.
Según esta regla, tienen la responsabilidad penal que participa como funcionarios públicos en sus votos favorables a las decisiones que otorgan beneficios directos a ellos mismos o sus familiares, incluso hasta el tercer grado de una tremenda o afinidad.
«En este caso, la participación de delegados que eventualmente pueden ser juzgados por la Sala III pueden, en el proceso de designar a una persona que integrará la misma habitación, puede elaborar un conflicto de intereses directo y una posible violación de esta ley», argumentan las organizaciones de firma.
Transparencia e imparcialidad en juego
El proceso de nombrar magistrados ha sido históricamente un asunto sensible en la política costarricense, y aún más cuando se trata de la tercera habitación, cuyas decisiones pueden afectar directamente las figuras de alto perfil de la esfera política.
Las organizaciones firmadas subrayan que «la imparcialidad de los jueces y jueces es un pilar fundamental del estado de derecho» y que cualquier acción que comprometa la percepción de la neutralidad socava el sistema democrático.
También recordaron que la selección de los magistrados debe estar controlada por principios de idoneidad, mérito y transparencia, de acuerdo con las normas internacionales de derechos humanos y buenas prácticas en el campo de la independencia judicial.
Firma de organizaciones
El fallo conjunto está firmado por cuatro organizaciones con una amplia historia en temas de derechos humanos, transparencia y refuerzo institucional:
Asociación Americana de Juristas – Rama Costa RicaEntidad internacional con presencia en diferentes países de América Latina, dedicada a la defensa del estado de derecho y la promoción de las garantías judiciales.
Asociación Costa Rica del Judicial (ACOJ)Guild Grouping Jueces y jueces del país y posicionándose en defensa de la independencia judicial contra la presión externa.
Centro de Justicia y Derechos Internacionales (CEJIL)La Organización Regional de Derechos Humanos con sede en Washington, DC, y una fuerte incidencia en el sistema legal interno -estadounidense.
Costa Rica Complete (CRI)Capítulo Nacional de Transparencia Internacional, que promueve la política pública destinada a combatir la corrupción y el fortalecimiento de la integridad en la función pública.
Llamado a la ciudadanía y la supervisión activa
Finalmente, las organizaciones llamaron a los ciudadanos costarricenses a permanecer atentos antes de este proceso legislativo, lo que exige transparencia, ética pública y responsabilidad.
En su opinión, la confianza en la justicia depende no solo de las normas escritas, sino también del comportamiento ejemplar de quienes ocupan posiciones de poder. «