Opciones: Enfrenté un nuevo delito por contratación.

La reciente sesión legislativa ha marcado un hito importante al aprobar, con el respaldo de 41 suplentes, el primer documento 24,028. Esta significativa propuesta tiene como objetivo la modificación del Artículo 189 del Código Penal, estableciendo un nuevo tipo de delito: la contratación de menores para la ejecución de actos delictivos.
La iniciativa fue presentada por Alejandra Larios, Directora General Adjunto de la Liberación Nacional. La propuesta busca sancionar de manera contundente a quienes se aprovechan de menores, utilizando su participación, ya sea directa o indirectamente, en la perpetración de delitos. Es un paso esencial en la lucha contra la explotación infantil y la delincuencia organizada que utiliza a niños como activos en sus operaciones delictivas.
Como parte de esta legislación, se contemplan sanciones que pueden llegar hasta los ocho años de prisión para aquellos que sean encontrados culpables de estas acciones delictivas. La legisladora Larios enfatizó la urgencia de establecer estas sanciones, afirmando: «Actualmente, los adultos en situación legal suelen instrumentalizar a los menores para cometer crímenes, sin temor a enfrentar consecuencias legales». Esta falta de regulación ha permitido que se perpetúe una situación injusta en la que los más vulnerables son explotados sin repercusiones para sus captores.
Además, se proponen reformas que contemplan condenas en prisión de entre cuatro y seis años para los adultos que contraten a menores para involucrarse en actividades delictivas, ya sea como cómplices o ejecutores de crímenes. La gravedad de la sanción aumentará en circunstancias específicas, alcanzando hasta ocho años de prisión si el adulto utiliza tácticas de amenaza, intimidación o coacción sobre el menor, incluyendo el abuso de su entorno familiar o su situación socioeconómica, como la pobreza o la falta de educación, para obligarlos a participar en actos criminales.
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Alejandra Larios, de PLN.
Sin consentimiento
En el marco de esta iniciativa, se estipula que las entidades que recluten menores no quedarán exentas de responsabilidad penal, incluso si las víctimas alegan haber dado su consentimiento de manera libre. El texto establece claramente que «en ningún caso, el consentimiento de la víctima eximirá de responsabilidad penal». Esto resalta la importancia de reconocer que el consentimiento de un menor, debido a su vulnerabilidad, nunca debe ser considerado como válido en el contexto de actividades ilícitas.
Además, los menores que participen en conductas delictivas al ser contratados de esta manera también enfrentarán consecuencias legales. Se establece que ellos asumirán su responsabilidad ante un tribunal juvenil, donde se llevarán a cabo los juicios correspondientes a los delitos en los que se encuentren involucrados.
Este importante proyecto de ley será objeto de votación en el próximo debate programado para la semana que viene, y su aprobación podría representar una mejora significativa en la protección de los menores y en la lucha contra la explotación infantil en nuestro país.