Los comisionados recopilan 75 documentos en su contra en la fiscalía

Dentro de los 21 condados que configuran la estructura de la Corte Suprema, se ha revelado que únicamente una persona se encuentra libre de cualquier causa de investigación en su contra dentro de la oficina del fiscal. Este hecho resalta la gravedad de la situación y el contexto en que operan los magistrados en el país.
Esta información ha sido obtenida a partir de datos que el ministerio público proporcionó a una solicitud realizada por El observador. En esta revelación, se identifican un total de 307 carpetas, la mayoría de las cuales corresponden a solicitudes de terminación de casos. No obstante, hay 75 carpetas que aún se encuentran en desarrollo, lo que implica que el proceso judicial sigue en curso y que se sostienen pendientes importantes que podrían tener implicaciones significativas.
Patcia Vargas, quien ocupa el cargo de sheriff en la Sala III, es un caso excepcional, ya que es la única sheriff que no aparece en la lista de magistrados bajo investigación. En contraste, otros 20 colegas de su posición enfrentan entre una y diez causas judiciales. Esta situación plantea preguntas sobre la transparencia y la rendición de cuentas dentro del sistema judicial.
Este fenómeno está enmarcado dentro de la agencia constitucional, y es importante destacar que los comisionados del condado 4 son los que poseen la mayor cantidad de procesos en relación con la Corte Suprema. Además, los miembros de la Cámara II están involucrados en un número significativo de casos que se enfocan principalmente en leyes familiares y laborales.
¿Por qué están investigando los comisionados del condado?
Los comisionados del condado están bajo investigación debido a una variedad de causas, que se agrupan en ocho diferentes organizaciones penales que son principalmente relevantes para la implementación de la situación judicial actual.
Un análisis más detallado indica que la prevención prolongada, que se contabiliza en 46 causas, es la categoría más común. Esto sugiere que existe un patrón que puede estar vinculando a varios de estos funcionarios con actividades que requieren revisión más exhaustiva.
De acuerdo con el artículo Pena, las sanciones pueden ir de 2 a 6 años de prisión para aquellos que emitan resoluciones en contra de la ley o cometan actos en violación de las normas estipuladas. Las consecuencias se agravan, con penas que oscilan entre 3 y 15 años, si estas violaciones están asociadas a casos penales.
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Además, hay un número significativo de violaciones de deberes oficiales. De hecho, 19 archivos documentan acciones en las que los funcionarios han omitido ilegalmente sus deberes, se han negado o se han retrasado en llevar a cabo sus acciones. Este tipo de violaciones conllevan sanciones de descalificación que pueden variar entre uno y cuatro años.
El resto de la lista de investigación
El análisis de las investigaciones a los magistrados también incluye otras infracciones relevantes:
- Falsedad ideológica (Artículo 367 Código Penal) | Este delito ocurre cuando se inserta información falsa o se presentan declaraciones engañosas en un documento oficial. La pena puede oscilar de 1 a 6 años de prisión y puede incrementarse de 2 a 8 años si el autor es un funcionario público que actúa en el ejercicio de sus funciones.
- Pole (Artículo 361 Código Penal) | Las acusaciones pueden llegar de 3 a 12 para aquellos funcionarios que gestionan recursos públicos y los utilizan para su propio beneficio. La pena puede incluir encarcelamiento que varía entre 3 meses a 2 años.
- Impacto (Artículo 52 Ley contra la corrupción) | Este delito indica la influencia indebida en un funcionario público mediante sobornos o promesas, lo que puede resultar en penas de 2 a 5 años. Sin embargo, cuando los infractores son magistrados, la condena puede aumentar considerablemente.
- Abuso de la autoridad (Artículo 338) | Se sanciona a aquellos funcionarios que, en uso de su autoridad, cometen actos arbitrarios en perjuicio de los derechos ajenos, lo que está penalizado con 3 meses a 2 años de pena de prisión.
- Fraude en la ley en acción administrativa (Artículo 58 de la Ley contra la corrupción) | Aquellos funcionarios que actúan en contravención de los propósitos públicos se enfrentan a penas de 1 a 5 años de prisión.
¿Cómo sería sentenciado el juez principal?
Los comisionados del condado, al ocupar un puesto en la Autoridad Suprema, gozan de un nivel de inmunidad que los coloca en una categoría especial de funcionarios, similar a ministros y titulares de cargos presidenciales en la República. Esto significa que están sujetos a un proceso judicial específico y separado, lo cual los aparta de los procedimientos judiciales convencionales.
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En la práctica, cualquier investigación sobre estos magistrados debe ser iniciada por el Ministro de Justicia, quien tiene la responsabilidad de determinar si hay causas que justifiquen la acción judicial o si es necesaria la acusación formal en los tribunales. Este proceso inicia una serie de filtros y, en caso de encontrar fundamentos suficientes para proceder, se solicitará el levantamiento de la inmunidad ante la asamblea legislativa.
De este modo, el magistrado involucrado en la investigación será quien lleve a cabo el proceso de juicio correspondiente, lo que representa un nivel máximo de exigencia judicial dentro de los comisionados de la Cámara III del condado, siendo esta la instancia más alta del país para la resolución de casos penales.