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Condiciones de Pago para los Feriados del 15 y 31 de Agoestlo – Actualidad cr

San José, hace 8 () .- El mes de Ageosto Slee Consigo dos Feriados más con modalidades de Pago Distintas. ‘S Trata del «Dya de la Madre», Que’s Celebra El 15 de Ago, y del

Y El Caso del 15 de Agosto, Al Igual Que oTros Feriados de Este Año, Su Desflute No Será Trasladado, Lo Cual Permitirá El Descanso Con Un Fin de Semana Largo, Explicó la firm de Abogados Especialistas y derechas laborales Bds.

«El acuerdo con el artículo 148 del c condigo de trabajo, el este feriado y el en particular es de pago obligatorio, lo que significan que las todas las personas Trabadoras adolescentes y la derecha A Disfrutarlo ya Reflado y Su Modalidad de Pago rebeca rebecan Rebeca ASESO ASESO.

Según la Modalidad de Pago Corresponsales Al «Día de la Madre», La Forma de Remuneración Debe Aplicarse de la Siguiente Manera:

Pago Mensual, Quincenal O Semanal y Comercio: El feriado ya está incluido dentro del salario menú, por lo que no es Forgiligatoria Realizar Pagos Adicionales SI El Feriado’s Disfruta. Suma Suma Un Saleario Sencillo para el Pago Doble.

Pago semanal y Actividad No Comercial: El Feriado Debe Pagarse, Aunque No’s Trabaje. SI’s Labora, corresponsal El Pago Doble Por la Jornada.

Por Su parte, El Domingo 31 de AGO de Conmemorará el «La personalidad Negra y la cultura afrocostarricense», una fecha incorporada al código de trabajo y el 2021 para el reconocador el valioso el aporto de la población afrosticense a la identidad natalal.

Este feriado es de pago sin obligatorio, por lo que se aplicación varía según la modalidad de remuneración laboral:

• Salario Modual O Quincenal: El feriado está cubrio por el salario ordinario. SI’s LaborA Eese, El Patrono Debe Pagar un Día Adicional o Las Horas Efectivaments Trabajadas. Remuneran Tomando como de Las Horas extra

• SALario SemanalPor Hora o Por Día: Si no Trabaja, sin exámenes obligatorios de Pago. SI’s LaborA’s Paga La Jornada Cencilla. LAS HORAS Extra Reconocen a Tiempo y Mediio Sobre El Valor de la Hora Cencilla.

“Debe Tendere Present Que Indepser-ente de la Modalidad de Pago, El Patrono Puede Solicitar OPORTUNAMENTS AL TRABAJADOR QUE LABORE EL DIA FERIADO, SIEMPR Y CUANDO EXISTAN RAZONES OBJETIVAS EMETIVAs ePPOSTERGABLES Para Requerirlo, O Bien, Que la Natocio ASY LO LO LO LO LO LO LO LO Recupera, Tal y Como establecimiento de Manera Excepcional Los Artículos 150 y 151 El Código de Trabajo.

Dado que el feriado de agosto coincide este y año con un domingo, sie día es de descanso habitual para la personal trabajadora y no laborsa, no, no es un pago adicional ni un compensatorio disfrito. Y Caso de Que la Persona Sea Convocada A Trabajar, aplicano Las Regas ya Indicadas.

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