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Celso Gamboa Reunión Secreta del Comité de Seguridad – Actualidad cr

Esta semana, el Consejo Constitucional publicó el fallo completo condenando la actuación de la Comisión Legislativa de Seguridad y Narcotráfico por realizar parte de una reunión donde el caso del extraditable Celso Gamboa con diversas autoridades no estuvo sujeto a la regla de publicidad.

La disputa comenzó en el parlamento el 26 de junio, cuando comparecieron el director del DIS, Jorge Torres, y el entonces viceministro de Justicia, Sergio Sevilla.

En ese momento, durante unos 20 minutos, la habitación fue evacuada. Sólo quedaron los que se acercaron y los diputados presentes para hablar sobre la detención de Gamboa y su encuentro.

El intercambio se produjo precisamente cuando Gamboa fue consultado para una reunión con Torres, cuando este último ocupaba el cargo de Ministro de Seguridad. Ante preguntas del vicepresidente Ariel Robles, el dirigente explicó que algunos de los integrantes de esa reunión se encuentran detenidos.

Fue en ese momento cuando se solicitó la confidencialidad.

¿Rotura o secreto?

La medida se aplicó bajo la imagen de un compartimento; Sin embargo, ante el Consejo Constitucional se argumentó que hubiera sido más correcto declarar secreta la sesión. Para ello existe un procedimiento especial, que incluye una votación formal, que en esta ocasión no se llevó a cabo.

Lo que ocurrió después fue una conversación frente al micrófono, detrás de la mesa del comité. En el mismo participaron el titular de la DIS y los diputados Gilbert Jiménez, Gilberto Campos, Dinorah Barquero, Pilar Cisneros, Horacio Alvarado, Ariel Robles y Priscilla Vindas.

Según la resolución, esta acción afectó el principio de publicidad y advirtió que una situación similar no debe repetirse.

«Se ordena a Gilbert Adolfo Jiménez Siles, en su carácter de Presidente de la Comisión Especial de Seguridad y Narcotráfico de la Legislatura, o quien ostente el cargo antes mencionado, abstenerse de participar nuevamente en los hechos que dieron origen a la presente valoración», dice juicio.

«Se advierte al interesado que conforme a lo dispuesto en el artículo 71 de la Constitución, se impondrá pena de prisión de tres meses a dos años, o de veinte a sesenta días multa, a quien reciba una orden que deba ser ejecutada o cumplida, dictada en una denuncia de protección, y no realice ni cumpla el delito», añade.

Gilbert Jiménez responde a la decisión de la División IV

La votación de la cámara fue particularmente dura con el presidente de la Comisión, Gilbert Jiménez.

consultado por El observadorAseguró al legislador que cumplirían con las órdenes del Tribunal Constitucional.

MIRA MÁS: La defensa de Celso Gamboa considera llevar su caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

«Hemos mostrado respeto y hemos aceptado esta resolución, este mandato. Y por supuesto hemos hecho lo apropiado y siempre estaremos dispuestos a contribuir», afirmó.

«No hemos tenido ninguna otra situación que nos haya llevado a tener algo parecido o parecido, a pesar de como se sugirió en su momento, realmente no se trataba de una demanda privada», añadió.

El caso de Celso Gamboa ha implicado varias audiencias en la Legislatura (captura de pantalla)
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